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Jerez de los Caballeros. HOY Jerez.
Más de 380 recibos de IBI de Jerez de los Caballeros están pendientes de ser abonados

Más de 380 recibos de IBI de Jerez de los Caballeros están pendientes de ser abonados

Los contribuyentes tienen hasta el 31 de julio para evitar recargos

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Jueves, 18 de julio 2019, 10:27

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El próximo miércoles, 31 de julio, finaliza el plazo del periodo voluntario de abono del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que deben abonar todos los propietarios de cualquier tipo de inmueble, tanto de naturaleza urbana, como rústica.

Así lo ha dado a conocer el Organismo Autónomo de Recaudación (OAR) de la Diputación de Badajoz a través de una nota de prensa en la que señala que «todos aquellos contribuyentes que tienen domiciliado el impuesto, están recibiendo desde mayo los primeros de los recibos en los que el Organismo Autónomo de Recaudación divide el importe total del impuesto de urbana».

Por su parte, añade, el OAR ha enviado a los contribuyentes que no tienen domiciliado el pago, el recibo total del año o el del primer plazo en el caso del municipio de Mérida, teniendo hasta la fecha indicada para abonarlo en periodo voluntario, «transcurrido el cual, comenzarán a generarse los recargos que establece la Ley General Tributaria, del 5, 10 y 20 %, según la fecha de pago, así como, en su caso, los correspondientes intereses de demora».

El mencionada organismo indica que «el recibo que el OAR envía a los contribuyentes puede hacerse efectivo en cualquiera de las oficinas bancarias de las entidades colaboradoras, mediante pago con tarjeta, o por  banca electrónica a través de la web dip-badajoz.es/oar». Añade que «si no se ha recibido el documento de pago o se ha extraviado, pueden solicitarlo en cualquiera de las diecisiete oficinas que el OAR tiene distribuida por toda la provincia, solicitando cita previa llamando al teléfono 900 210 721. También pueden solicitarlo a través del Centro de Atención Telefónica del Organismo 924 210 700, además de a través de Internet, en la Oficina Virtual del OAR, si dispone de Certificado Digital soportado por la plataforma @firma del Portal de Administración Electrónica».

Con esta información, concluye la citada nota, el OAR pretende evitar que los contribuyentes tengan que abonar recargos

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