Un juzgado anula los cargos de la edil tránsfuga que se unió al PSOE en la moción de censura de Jerez
La sentencia declara la nulidad del nombramiento de Manuela Cordobés como miembro del gobierno local y deja sin efecto la delegación de competencias que le hizo la alcaldesa. Virginia Borrallo afirma que recurrirán y que Cordobés no cobra ninguna retribución
redacción / e. p.
Viernes, 14 de enero 2022, 14:05
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Badajoz ha declarado la nulidad de los nombramientos que se realizaron a favor de la concejala de Jerez de los Caballeros Manuela Cordobés, para que ocupara cargos dentro del gobierno municipal.
Cabe recordar que esta concejala, que se presentó a las elecciones en la lista del PP, votó con el PSOE en la moción de censura que este partido presentó y que permitió desalojar al gobierno local, que encabezaba Juan Carlos Santana, un alcalde de Podemos.
Ahora, con esta sentencia se anula también la delegación de competencias que realizó la alcaldesa, Virginia Borrallo, en la concejala tránsfuga, según informa el PP y Podemos en nota de prensa.
Según recuerdan, este proceso judicial se inició tras la demanda presentada por Francisca Rosa, Carlos Boza y Juan Carlos Santana, portavoces de PP, Ciudadanos y Unidas Podemos en el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, tres partidos que formaban el gobierno municipal antes de la moción de censura planteada en enero de 2021 por el PSOE y la concejala tránsfuga, que se presentó a las elecciones municipales en la lista del Partido Popular.
La sentencia establece que el caso de Manuela Cordobés «es un supuesto clarísimo de transfuguismo político, pues pasó de integrar el grupo de gobierno del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros a, con su voto, evitar la aprobación de los presupuestos del año 2020 elaborado por el equipo de gobierno del que ella formaba parte, siendo esta circunstancia la que determinó que el alcalde le retirara sus competencias delegadas y la excluyera de la Junta de Gobierno Local».
«Contribuyó a derribar al alcalde»
Además, también relata que posteriormente, la concejala tránsfuga «contribuyó con su voto a derribar al alcalde», Juan Carlos Santana con «su apoyo a la moción de censura presentada por el Grupo Socialista del Ayuntamiento, pasando a formar parte de la nueva Junta de Gobierno Local».
Publicidad
Así, en los fundamentos de derecho de la resolución judicial se cita como precedente la sentencia 1401/2020 del Tribunal Supremo, en la que se reconoce que «el paso a la condición de concejal no adscrito, como consecuencia o por razón de un supuesto de transfuguismo, impide que se asuman cargos o se perciban retribuciones que antes no ejercía o percibía e impliquen mejoras personales, políticas o económicas».
La magistrada concluye que, de conformidad con la Ley de Bases de Régimen Local y con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, «Manuela Cordobés no podía asumir cargos ni percibir retribuciones que antes no ejercía o percibía e implicaran mejoras personales, políticas o económicas», por lo que «procede la estimación íntegra de la demanda».
Publicidad
Asimismo, se condena al Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros a asumir las costas del proceso y a exigir la devolución de las retribuciones e indemnizaciones económicas «indebidamente satisfechas» a la concejala tránsfuga por los cargos y competencias que se le otorgaron.
Ante esta situación, señalan que los portavoces locales de las tres fuerzas políticas que formaban el gobierno anterior, que son PP, Podemos y Ciudadanos, y que presentaron la demanda están analizando el contenido de sentencia y se pronunciarán en los próximos días sobre las acciones que van a llevar a cabo a raíz de este fallo judicial.
Publicidad
Cabe destacar que la sentencia no es firme. Contra ella cabe el recurso de apelación ante el propio órgano judicial que deberá presentarse en el plazo de quince días a partir del pasado día 11, fecha en que se dictó.
El Ayuntamiento recurrirá
La alcaldesa de Jerez reaccionó en la tarde de ayer a la sentencia y en declaraciones a este periódico señaló que, «aun respetando la sentencia no estamos de acuerdo con ella y procederemos a recurrirla en el plazo de 15 días que establece la ley».
Publicidad
Los argumentos que va a esgrimir en el recurso la representación del Ayuntamiento son, según Borrallo, «que en ningún momento la señora Cordobés ha tenido más ni mayores derechos de los que ya tenía cuando formaba parte del tripartito, y que no es miembro nato de la Junta de Gobierno, además no recibe retribución económica alguna del Ayuntamiento», informa Mari Paz Romero.
PRIMER MES GRATIS. Accede a todo el contenido
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión